COVID-19 – SUBSIDIOS PARA PRIMA. QUIÉN? CÓMO? CUANDO?

COVID-19 – SUBSIDIOS PARA PRIMA. QUIÉN? CÓMO? CUANDO?

REQUISITOS PARA ACCEDER AL SUBSIDIO DE PRIMA

El 2 de julio, se expidió la Resolución 1361 de 2020 que regula las condiciones para acceder al auxilio para pago de prima.

Podrán beneficiarse quienes cumplan las siguientes condiciones:

1. Personas jurídicas, personas naturales, consorcios o uniones temporales.

2. Que hayan sido constituidos antes del 1 de enero de 2020

3. Que cuenten con registro mercantil renovado o realizado al menos en 2019.

4. Certifiquen una disminución del 20% o más de sus ingresos de alguna de las siguientes formas:

– Mes anterior a la solicitud (junio 2020) vs mismo mes de 2019 (junio 2019).

-Mes anterior a la solicitud (junio 2020) vs promedio de enero y febrero 2020.

6. Deben contar con una cuenta en una entidad vigilada por la Superfinanciera o Supersolidaria.

No podrán acceder las personas naturales que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:

-Tengan menos de 3 empleados reportados en la planilla PILA en el mes de febrero de 2020.

-Sean personas políticamente expuestas o parientes de este tipo de personas.

¿En qué consiste el subsidio?

220.000 pesos por empleado que aplique.

Número de empleados a aplicar:

  • Empleados reportados en la planilla PILA de junio de 2020.
  • Que hayan estado reportados al menos en la planilla de abril, mayo y junio mes completo.
  • Que tengan ingreso base de cotización entre un salario mínimo ($877.803) y $1.000.000.

¿Cómo postularse?

Se debe remitir ante la entidad financiera que tengan la cuenta o producto de depósito (solo se puede solicitar ante una entidad bancaria), los siguientes documentos:

– Solicitud firmada por el representante legal o persona natural empleadora manifestando la intención de acogerse al beneficio.

– Certificado de existencia y representación legal o registro mercantil para el caso de personas naturales.

– Certificación firmada por el representante legal o persona natural empleadora y el revisor fiscal, o en su defecto el contador público en la que se certifique:

1. El número de prima de servicios que se subsidiarán.

2. La disminución de ingresos.

Calendario

La solicitud deberá radicarse en los mismos términos que la postulación del PAEF para el mes de julio, es decir del 8 al 16 de julio.

Recuerden que incluso siendo beneficiarios del subsidio, se puede acordar el pago hasta en tres pagos, que se deben cumplir a más tardar el 20 de diciembre de 2020.

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